lunes, 4 de febrero de 2013

ORGANON DE LA MEDICINA § 18

A partir de la indubitable verdad de que nada puede ser descubierto en las enfermedades, cualquiera sea el medio que se emplee, además de la totalidad de sus síntomas - y habida cuenta de las modalidades de cada caso ( Parágrafo 5)- por los cuales pudiera ser expresada la necesidad de ayuda, debe concluirse innegablemente en que la suma de todos los síntomas y condiciones, propios de cada caso individual de enfermedad, debe ser la única indicación, la única guía que nos pueda dirigir en la selección del remedio.

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